Anda la gente en mi barrio soliviantada, la señal que ilustra el post, aunque no lo crean, es una señal de dirección prohibida ¿quién lo diría verdad?. Esperemos que no pase nada y que se arregle lo antes posible.
Mientras tanto.....
muy cerca de allí, podíamos ver el viernes pasado al flamante director del Cos de Policia Local disfrazado de Intendente General, puesto, que como todos saben ya fue eliminado de nuestro Ayuntamiento por nuestra queridísima alcaldesa (en la foto de espaldas al ciudadano) mediante decreto, después de ser aprobado en Pleno. No sabemos si han decidido; reírse de los acuerdos que ellos mismos toman en Pleno como hacen de los ciudadanos, o bien, no saben que el gran carnaval torrentino se celebra en febrero, nos parece demasiado pronto para las pruebas de disfraces.
32 comentarios:
La alcaldesa del paro siempre de espaldas a los problemas verdaderos de los torrentinos/as.
A estos les importa un carajo la legalidad del nombramiento del Cortadillo. ¡Aci mane jo!
En el Titulo XVIII del código penal encontramos los delitos contra la administración de publica; la misma que empieza su tratamiento con los delitos contra la administración publica cometido por particulares; así lo establece el Capítulo Primero. Dentro de este conjunto de tipos penales, encontramos en el artículo 362° los delitos de usurpación de funciones o de mandos militares, las mismas que son entendidas como acciones realizadas por un individuo o sujeto que sin tener un titulo o nombramiento que le faculta actuar como autoridad, imparte algún mandato, disposición o cualquier acto propio de una autoridad, esta autoridad puede ser civil o militar; también reviste relevancia penal el hecho de que un sujeto después de haber sido cesado o destituido en el cargo de autoridad siga ejerciendo las funciones y el tercer supuesto de esta figura delictiva, es el hecho de que un funcionario público pese a ostentar un titulo o nombramiento que le reconoce como funcionario público, realiza funciones que no le competen o no corresponden al ámbito de sus funciones.
Este tipo penal es eminentemente doloso, en consecuencia se requiere necesariamente el conocimiento de todos los elementos objetivos del tipo y la voluntad de trasgredirlos. El bien tutelado es, generalmente, el buen funcionamiento de la administración pública, que en los casos previstos puede verse entorpecida por la falta de idoneidad o competencia del que actúa, unida a la irregularidad de un ejercicio no legitimo de autoridad.
El tipo penal del artículo 361° del código penal, contiene tres comportamientos típicos diferentes, cada uno de los cuales configura un supuesto de hecho distinto:
A.- Usurpar una función publica o la facultad de dar ordenes militares o policiales.
B.- El hecho de continuar ejerciendo el cargo, no obstante haber sido cesado, suspendido, subrogado o destituido.
C.- Ejerce funciones correspondientes a cargo diferente del que tiene.
EJERCE FUNCIONES CORRESPONDIENTES A CARGO DIFERENTE DEL QUE TIENE
El autor en el supuesto de este inciso, es el funcionario público en ejercicio ilegítimo de su cargo. No carece, pues, de título ni nombramiento, como en el primer supuesto, ni ha cesado o sido suspendido en sus funciones, como en el segundo supuesto, lo que ocurre es que el autor realiza funciones que, al par, no corresponden a su cargo y pertenecen a otro cargo. Esta doble condición es importante, porque es lo que distingue esta forma de usurpación de autoridad de los abusos de autoridad. El acto funcional que corresponde a otro cargo, tiene que ser legítimo. De modo que el autor ejecuta un acto sustancialmente legitimo, cuyo vicio consiste únicamente en que el carece de facultades para ese acto. No hay arbitrariedad ni abuso en el hecho, sino incompetencia del órgano funcional. Si el acto constituyere, además, un abuso de autoridad, es decir, que fuera abusivo aun cumplido por el funcionario competente, será aplicable la figura más grave.
La acción consiste en ejercer funciones correspondientes a otro cargo que no se desempeña, cualquiera sea el fin que con ello se persiga. El hecho se consuma con la ejecución del acto funcional que corresponde a otro cargo, sin que se requieran provecho para el autor, ni perjuicio para la administración pública o consecuencia otra alguna.
Subjetivamente el hecho es doloso. Apenas si parece necesario señalar el papel decisivo que el error sobre el conocimiento de todas las circunstancia, frecuentemente de derecho, juega en este delito. Si algo es realmente una ficción, es suponer que todos los actos que competen a la función publica tienen asignación y deslinde señalado en alguna parte, y más aun dar por entendido que tal distribución de la competencia es siempre conocida- se requiere el dolo directo que comprenda la certeza de estar ejecutando actos funcionales que corresponden a otro cargo.
CONCLUSIONES
1.-Para que se configure el delito de usurpación de funciones es necesario que el sujeto activo realice actos compatibles con la función que usurpa.
2.- El bien jurídico protegido es el buen funcionamiento de la actividad del Estado.
3.- El tipo penal del artículo 361° del código penal, contiene tres comportamientos típicos diferentes, cada uno de los cuales configura un supuesto de hecho distinto:
- Usurpar una función publica o la facultad de dar ordenes militares o policiales.
- El hecho de continuar ejerciendo el cargo, no obstante haber sido cesado, suspendido, subrogado o destituido.
- Ejerce funciones correspondientes a cargo diferente del que tiene.
4.- El sujeto activo puede ser cualquier persona que usurpe una función sin tener titulo de nombramiento, o que teniendo realice conductas diferentes al cargo que ostenta; o si sigue actuando y disponiendo funciones cuando esta cesado, sustituido o suspendido.
5.- El sujeto pasivo es el Estado, sin embargo pueden existir sujetos agraviados complementarios distintos al ente estatal.
y... que se saque las manos de los bolsillos....
Estos jefecillos luego les dicen a la "tropa", dícese agentes, que se saquen la mano de los bolsillos, que se afeiten, que se corten el pelo, etc. y éllos dando buen ejemplo...
En este blog se aprende hasta derecho, no me resulta raro que lo utilicen en la facultad como dice algún anónimo por ahí.
Gracias por la aclaración.
Bueno, pero de esto los sindicatos que dicen?, espero que lo hayan denunciado.
Y además también incurre en responsabilidad la autoridad municipal que consiente el presunto ilícito penal y todos aquellos funcionarios que con sus informes, verbales o escritos, dieren cobertura a tan enorme despropósito. Y no hace falta que reunamos pruebas, a la prensa me remito.
Estos se lo pasan por el forro de los ....
Pues con las armas legales no debemos permitir esta fantochada.
Como dicen que mentimos los que intervenimos en este blog, os aconsejo que leais los artículos 16 y 19 de la Ley 6/1999 de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana.
El puesto de Director de la Policía Local, ¿está en el listado de escalas y categorias de los Cuerpos de Policía local?. ¿Si no existe ese puesto, cómo se puede ejercer la jefatura?.¿Y cómo se puede utilizar el uniforme de un Cuerpo de Policía si el puesto de director no existe?.¿Y cómo se pueden firmar órdenes del cuerpo si un director de policía no está en las escalas y catégorías de la Ley?.
Espero que los que intervienen en este blog comprueben la barbaridad que los gobernantes del PP en Torrent han hecho.
Las declaraciones sobre este tema son MENTIRA, repito,son MENTIRA, no hay informe favorable del técnico de personal, ni tampoco la conformidad con la legalidad del máximo funcionario del Ayuntamiento. Sólo hay informe favorable de uno de los fichajes del PP. ¡Qué casualidad!.
Espero que esta situación absolutamente ilegal sea denunciada en los juzgados por la oposición y por los sindicatos y que se asuman las responsabilidades, incluídas las penales, por quienes han permitido y aceptado este asalto a la normativa vigente. Cosa por otro lado nada de extrañar, después de lo visto con el deshonorable Camps y Cía.
Y esta animalada,que no se ha atrevido a hacer NADIE,REPITO NADIE, la han hecho estando solo cuatro años en el poder.
¿Qué harán si les dejamos seguir?.
Si se estan saltando la legalidad vigente con respecto a la Ley de la Policia,que será en el Ayuntamiento?
Si es asi y hay tantas pruebas, y si pensais tanto en Torrent y en los torrentinos, ¿porque no vais al juzgado y lo denunciais? estaríais haciendo un favor a la ciudad.
Tiempo al tiempo, todo caerá en manos de la justicia.
Nosotros ya lo hemos llevado al juzgado. Y no solo una denuncia, tres denuncias hemos presentado. A ver vosotros que haceis apesebrados.
Para CLEMENTE:
Soy el anónimo de las 07:48.
Para tu conocimiento, no pertenezco a ningún partido político, y no me siento ningún "apesebrado" como tu dices.
Lamento que gente como tu utilice los insultos para referirse a cualquier comentario que "piensa" que les llega desde cualquier otro bando.
Te equivocas y mucho.
Lo peor que le puede pasar a los partidos politicos, sean del color que sean, es que haya gente como tu que a la mínima, ya sea bueno o malo, saltan como si tubieran un cangrejo mordiendoles el culo.
Y repito, por suerte no pertenezco a ningún partido y puedo expresar libremente mis opiniones.
No te piques tanto hombre. Yo creo que lo que Clemente quiere decirte es que igual que él ve las ilegalidades y barbaridades que se están cometiendo, tú también las ves, pero lo haces como espectador, como si no fuera contigo, y ten por seguro que todo esto va contra lo que tanto tiempo ha costado conseguir y es un marco normativo consensuado con todos, que culminó con la aprobación de una Ley para la Policía Local en nuestra Comunidad. Y esto es lo que se están pasando por el forro esta gente. No basta con decir lo mal que lo hacen, hay que acudir a los juzgados cuando se cometen ilegalidades como las que se están practicando en este Ayuntamiento.
¿Cómo puede ser que una persona al final de su vida profesional, que el año que viene pasa a la segunda actividad, se meta en estos fregados?.¿Quién lo aconseja, quién lo empuja?. Si es él solo, desde luego habrá que concluir que es un TONTO DE SOLEMNIDAD.
Si, yo pienso lo mismo. Pero habrá alguno/a responsable de aguantar esta situación. Las denuncias en el juzgado van a surgir en plena campaña electoral y eso de que el pueblo no se entera, ya veremos si se entera o no. Imagino los titulares: acuerdo de Pleno anulado, nombramiento anulado, bases anuladas, traslado al juzgado de instrucción para exigir responsabilidades. Sólo nos queda esperar.
Al anónimo de las 07.48:
Puedes opinar lo que quieras, pero no has opinado sobre el tema solo has tirado el guante diciendo que si es una ilegalidad que se denuncie, pues bien, para tu conocimiento,ssí que se va a denunciar ante los tribunaleso y lo van a presentar al menos tres recurrentes distintos, al menos por ahora, igual hay más.
Y esto de manifestar que lo del nombramiento de director del cuerpo de policia local con funciones de jefe es un golpe a la legislación vigente no tiene nada que ver con las ideologías ni con los partidos políticos, este nombramiento es una agresión e insulto a todos los miembros de las policías locales.
Ningún ayuntamiento se ha atrevido a este fraude de ley, ni en Valencia que el PP lleva un montón de años existe un puesto como el que se han inventado en Torrent, hay puestos directivos pero no ejercen las funciones de los jefes de servicio.
Y para tu información, se exigirán ante los tribunales las responsablidades de los políticos y de los funcionarios que están implicados en esta ilegalidad.
Espero que te hayamos podido aclarar tus dudas, no me des las gracias, lo hago porque soy altruista.
Si tanta gente opina que esto es una ilegalidad ¿cómo podemos fiarnos de la Alcaldesa y de su gobierno después de tan flagrante ilegalidad?.
Después de este claro ejemplo de la forma de gobernar y gestionar nuestro ayuntamiento, podemos decir que su forma de gobernar es prepotente, caciquil, sectaria y sobre todo perjudicial para los ciudadanos y ciudadanas de Torrent. No podemos permitir que nuestros representantes sean los primeros en abanderar la ilegalidad. Si lo consentimos, acabaremos en Torrent como en la Generalitat, saliendo en los periódicos todos los días por casos y casos de corrupción.
Por cierto Ramón,ya se ha publicado la reforma adaministrativa del Ayuntameinto de Torrent en el BOP, espero que hagas un artículo sobre el tema porque los ciudadanos de Torrent hablaremos sobre la intención de nuestra Alcaldesa aprovechando que somos gran ciudad. Habrá que explicar a nuestros vecinos cuáles son las intenciones del gobierno pepero con la declaración de gran ciudad y cómo preteneden engañar a los ciudadanos sobre ese tema.
Esperamos impacientes tu comentario para que se entere el pueblo,la animalada de gasto de sueldos que vamos a tener que pagar todos los vecinos de Torrent.
Estoy totalmente de acuerdo con lo que habeis comentado. Los funcionarios no deben permitir las ilegalidades que pretenden los políticos porque sería una deslealtad y traición hacia los ciudadanos que son los que pagan los sueldos. Habría mucha menos corrupción si no hubieran funcionarios que aceptan, permiten, o silencian las corruptelas de los políticos y además si despues se piden responsabilidades, los políticos manifestarán que ellos no leen lo que firman,como dijo el presidente de la Diputación, Alfonso Rus y el Concejal de Urbanismo de Valencia, Jorge Bellver, que son los funcionarios los que informan. Tenemos como ejemplo el caso de Emarsa y del parkin de los jardines de Monfort de Valencia, donde tal como ha informado la prensa, tienen que declarar en el juzgado los politicos y los funcionarios, incluído el Secretario del Ayto. de Valencia.
Aviso para los navegantes de Torrent.
Para todos los funcionarios de Torrent que no sean los apesebrados del Pp. ¡Bravo por vosotros!, resistid porque el que resiste gana; cada vez hay más funcionarios damnificados por la ira pepera, incluso personas que las subieron a los altares y ahora por no someterse a sus desmanes han bajado a los infiernos. Estos peperos se creen que el ayuntamiento y los funcionarios son de su propiedad, actúan como los caciques del cortijo.
Por cierto, lo de caciques y cortijo me ha dado una idea: A los funcionarios de Torrent que se han negado a las tropelías peperas y son permanentemente vejados, ninguneados, acosados, destituídos, los vamos a llamar a partir de ahora:
¡LOS SANTOS INOCENTES!. No hay mejor calificativo para ellos.
Y además será mi seudónimo, me gusta, es el idóneo para esta etapa que estamos viviendo en Torrent con el abuso del poder por parte de los peperos.
Algún día, antes de las elecciones haré la lista de los santos inocentes del Ayuntamiento de Torrent para que sus vecinos, amigos, familiares y sobre todo, los ciudadanos de Torrent se enteren, porque es posible que Torrent sea gran ciudad, pero aquí nos conocemos todos y el boca a boca sigue funcionando muy bien.
LOS SANTOS INOCENTES se pueden convertir en verdaderas fieras cuando les ponen entre la espada y la pared.
RECORDEMOS LO QUE LE PASA AL SEÑORITO POR SU PREPOTENCIA.
Aprovechad para "plantar cara" ahora que el INSS es de "otro color",que si vuelve a ser del mismo color, habran jubilaciones "sumarisimas" por "enfermedad". Alguna que otra hubo en Valencia hace algunos años.
El que se le llenaba la boca diciendo que era un DEFENSOR DEL DERECHO se ha convertido en un GOLPISTA DEL DERECHO.
La verdad es que estos peperos que nos han tocado en Torrent son patéticos,ni la policía, ni el Ayuntamiento, ni los ciudadanos de Torrent se merecen a esta panda.
No solo los que os han tocado alli,,,sino en cualquier sitio, son iguales, pero en unos sitios lo disimulan mejor que otros ya que llevan mas años de practica en ocultar la verdadera cara y neutralizar la disidencia.
Lo de "sumarísimas" me suena a dictadura.
Pacheco, parece mentira que pertenezcas, al Gobierno Municipal, si la señal de tu barrio esta deteriorada, pues pasa por la policia que la tienes bien cerquita, o con el movil que tienes del Ayuntamineto, que lo pagamos todos, llama al departamento indicado para que se solucione tu gran problema, en vez que ponerlo en un blog, que parece mentira aunque seas del Psoe, representas a un Ayuntamiento.
Hace una semana y sigue igual. ¿?
Pues si..."sumarisima" es una jubilacion forzosa de una persona que se prepara durante años para sacarse una plaza en propiedad y luego que "se deshagan de él" por la via rapida dejandolo con el 55% de la base de cotizacion en vez de pasarlo a 2ª actividad como toca, mientras a "otros" los podrian ponen en algun puesto adaptado y no pasaria nada aunque se tiraran meses y meses de bajas.
"Sumarisima" es la jubilacion forzosa que se le tramita a otro funcionario al llevar dos meses de baja y al 6º mes ya esta jubilado, cuando entonces la baja previa para pasar por Inspeccion medica antes de pasar al tribunal medico del INSS era de 18 meses.
En fin,,,,a veces parece que la "otra democracia" es así, si no estas con ellos,,,, estas contra ellos.
Hasta él mismo incumple sus propias órdenes. Va con el uniforme de entretiempo cuando ya hace bastante que ordenó la uniformidad de invierno. ¿O es que el CI no se la ha entrgado todavía? Fijaros en la fotico.
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